La Ley Federal del Trabajo en su artículo 69 nos indica que, por cada 6 días laborados, el empleado tiene derecho, a por lo menos, un día de descanso con goce de salario. Este concepto se refleja en el recibo de los empleados bajo el concepto 2 – Séptimo día, y se calcula de la siguiente manera:
- Sueldo Ordinario / 6 (Días laborables) = Séptimo día
Aplicándolo a un ejemplo, el cálculo sería:
- Salario Diario: $ 450
- Días laborados: 6
- Sueldo ordinario: 450 X 6 = $2,700
- Sueldo ordinario: $2,700 / 6 = $450
Es decir, que el monto a pagar por concepto de séptimo día sería de $450.
Con lo anterior, se entiende que cuando un empleado cuenta con una falta injustificada se incumple con los seis días y, por lo tanto, el monto a pagar será proporcional.
Ejemplo:
- Salario Diario: $ 450
- Días laborados: 4
- Sueldo ordinario: $450 X 4 = $1,800
- Sueldo ordinario: $1,800 / 6 = $300
El monto por pagar por concepto de séptimo día sería de $300
Información adicional
Si requieres que tu empresa se realice el cálculo de este concepto, consulta los pasos en el artículo Activar Séptimo Día.
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