Séptimo día

2 min. de lecturaúltima actualización: 01.15.2025

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 69 nos indica que, por cada 6 días laborados, el empleado tiene derecho, a por lo menos, un día de descanso con goce de salario. Este concepto se refleja en el recibo de los empleados bajo el concepto 2 – Séptimo día, y se calcula de la siguiente manera: 

  • Sueldo Ordinario / 6 (Días laborables) = Séptimo día 

Ejemplo:

Escenario 1: Sin faltas (trabaja 6 días)

  • Salario diario: $450.

  • Días laborados: 6 días.

  • Sueldo ordinario (por los días trabajados): 450×6=2,700 MXN

  • Séptimo día completo (por haber laborado los 6 días): 450MXN

  • Total semanal: 2,700+450=3,150 MXN

Escenario 2: Con 2 faltas (trabaja 4 días)

  1. Salario diario: $450.

  2. Días laborados: 4 días.

  3. Sueldo ordinario (por los días trabajados): 450×4=1,800 MXN

  4. Séptimo día proporcional (6 Días laborados​): (4 días trabajados ÷ 6 días de la semana) × 450 MXN = 300 MXN.

  5. Total semanal: 1,800+300=2,100 MXN

Resumen:

Escenario

Días laborados

Sueldo ordinario

Séptimo día

Total semanal

Sin faltas

6 días

$2,700

$450

$3,150

Con 2 faltas

4 días

$1,800

$300

$2,100

 

Información adicional 

Si requieres que tu empresa se realice el cálculo de este concepto, consulta los pasos en el artículo Activar Séptimo Día.

 

 

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